Texas cambia los desalojos con la ley SB 38 firmada por Abbott: qué deben hacer ahora los inquilinos
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La nueva reforma de Texas cambia de forma directa la manera en que se tramitan los desalojos. Desde la entrada en vigor de la ley SB 38, el proceso quedó concentrado en una sola regla judicial, con el objetivo de acelerar los casos y unificar criterios.
Cómo cambian los desalojos en Texas con la ley SB 38El cambio central es que los juicios de posesión ya no quedan atravesados por prácticas distintas según cada tribunal local. A partir de ahora, según la página de asesoramiento legal Bell Nunnally, la Regla 510 se consolida como el marco principal para estos expedientes, lo que limita la posibilidad de sumar requisitos adicionales o pasos no previstos.De acuerdo con la SB 38, los puntos más importantes que se establecen son:
Los juzgados ya no pueden imponer condiciones extra como mediaciones obligatorias, audiencias previas o escritos complementarios, salvo que estén expresamente contemplados por la regla vigente. El propósito es evitar diferencias entre condados y reducir demoras administrativas.Se amplían los métodos para notificar a un inquilino. Además de la entrega en persona o por correo, ahora se admite el uso de servicios comerciales de mensajería y, en algunos casos, el correo electrónico, siempre que ese canal haya sido aceptado por escrito entre las partes.En casos de mora por alquiler, la ley incorpora una instancia previa para el primer incumplimiento: antes de avanzar con una demanda, el propietario debe emitir un aviso para pagar o desalojar. Ese detalle puede ser clave para quien todavía esté a tiempo de regularizar la deuda y evitar que el conflicto llegue al tribunal.Para propietarios e inquilinos, estas medidas implican una modificación del escenario legal. El nuevo sistema acorta tiempos, endurece exigencias técnicas y obliga a responder con rapidez para no perder opciones dentro del proceso.
La nueva vía rápida para desalojos en TexasLa reforma también dicta que, si el propietario presenta documentación suficiente y sostiene que no hay hechos en discusión, el juez puede resolver el caso sin necesidad de celebrar un juicio completo.
Ese cambio obliga al inquilino a reaccionar en muy poco tiempo. Si recibe una moción así, dispone de solo cuatro días para contestar por escrito y explicar con pruebas por qué el caso sí requiere audiencia o por qué la demanda no corresponde en los términos planteados.
La citación judicial debe incluir una advertencia en inglés y en español sobre esta posibilidad.
Apelaciones, renta judicial y riesgo de desalojo inmediatoCon la SB 38, apelar ya no alcanza por sí solo para frenar la ejecución física del desalojo. Si el inquilino quiere seguir en la vivienda mientras discute el caso, debe cumplir nuevas obligaciones económicas ante la corte.
En concreto, deberá depositar el equivalente a un mes de alquiler en el registro judicial dentro de los cinco días posteriores a la apelación.
Después, tendrá que seguir con esos pagos en cada período de renta mientras dure el trámite. Si no cumple, el tribunal puede habilitar la entrega de la propiedad aunque la apelación siga abierta por otros reclamos, como deuda o daños.
Qué pueden hacer los inquilinos ante la ley SB 38Frente a este nuevo escenario, la principal herramienta para un inquilino es:
Revisar cualquier notificación.Responder dentro de plazo.Guardar comprobantes de pago, contratos, comunicaciones y avisos puede marcar la diferencia entre sostener una defensa o quedar fuera del proceso en pocos días.También resulta importante saber que en estos casos puede haber representación sin abogado en los tribunales de paz.