Regla del Uscis: el formulario I-212 que te permite solicitar un nuevo ingreso a EE.UU. después de haber sido deportado
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) tiene un formulario para las personas que hayan sido ...
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (Uscis, por sus siglas en inglés) tiene un formulario para las personas que hayan sido deportadas o expulsadas de Estados Unidos y deseen regresar de forma legal. Estos extranjeros deben solicitar un permiso para un nuevo ingreso.
El formulario que permite solicitar ingreso a Estados Unidos después de la deportaciónEl formulario I-212, Solicitud de permiso para volver a solicitar la admisión a los Estados Unidos después de una deportación o expulsión, también conocido solo como “permission to reapply”, permite solicitar una visa o hacer un ajuste de estatus, entre otros procesos, sin que se niegue automáticamente debido a una remoción previa.
Si es inadmisible según la sección 212(a)(9)(A) o (C) de la Ley de Inmigración y Naturalización (INA, por sus siglas en inglés), que corresponde a la denegación por expulsión o al solicitar un visado, la persona debe obtener el consentimiento para solicitar la admisión a Estados Unidos.
Quién debe presentar el formulario I-212Se debe presentar el I-212 si la persona es inadmisible bajo la sección 212(a)(9)(A) de la INA por haber sido expulsado de EE.UU. o haber salido voluntariamente tras recibir una orden de remoción, y desea reingresar o ajustar el estatus migratorio. Esto aplica en los siguientes casos:
Si la persona ha sido condenada por un delito grave con agravantes, puede solicitar admisión en cualquier momento.Si no se tienen condenas graves, se puede solicitar admisión solo si se ha pasado fuera de EE.UU. un período continuo de:5 años, si fue expulsado una sola vez como extranjero recién llegado.10 años, si fue expulsado una sola vez por otras razones.20 años, si fue expulsado más de una vez.Se puede presentar el formulario si se es inadmisible bajo la sección 212(a)(9)(C) y el extranjero es:
Solicitante de visa de inmigrante.Solicitante de ajuste de estatus bajo la sección 245 de la INA (excepto visas T o U).Persona que desea ser admitida como no inmigrante en un puerto de entrada sin necesidad de visa. Estas solicitudes se hacen ante Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés).Solicitante de visa de no inmigrante en un consulado estadounidense. En estos casos, la oficina consular determinará si se debe presentar el formulario.La agencia advierte que si se necesita obtener el consentimiento para volver a solicitar la admisión, es muy importante no regresar a Estados Unidos antes de haber presentado la solicitud y antes de que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) la haya aprobado.
Cómo y dónde presentar el permiso para volver a solicitar la admisión en EE.UU.La ubicación correcta para presentar el formulario I-212 depende de la situación específica, el Uscis cuenta con un listado para identificar la dirección a la que se debe enviar la solicitud. Algunos casos mencionados son:
Un solicitante que presenta el formulario ante la CBP, ahora puede hacerlo electrónicamente a través del Entorno Electrónico de Formularios de Adjudicación Segura (e-SAFE). Aunque la presentación manual seguirá disponible en los puertos de entrada designados.Consulado de EE.UU. (Departamento de Estado) con jurisdicción sobre la solicitud de visa de no inmigrante: para un solicitante de visa (excepto solicitantes de visa K, T, U o V): Buzón de seguridad del Uscis en Phoenix: solicitante de visa de no inmigrante K o V según la sección 101(a)(15)(K) y (V) de la INA y de visa de inmigrante que se encuentra fuera de Estados Unidos y necesita una exención concurrente presentada en el formulario I-601.Oficina del Uscis con jurisdicción sobre la solicitud: para quien está físicamente presente en Estados Unidos, y que solicita un ajuste de estatus ante el Uscis y es inadmisible solo bajo la sección 212(a)(9)(A) de la INA.Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR, por sus siglas en inglés): para solicitantes que están físicamente presentes en Estados Unidos, pero en proceso de deportación.Oficina local de Uscis: cuando el solicitante busca un permiso anticipado condicional para volver a solicitar la admisión antes de la salida y es inadmisible solo según la sección 212 (a)(9)(A) de la INA. Esta ubicación también atiende otros casos no enlistados por la agencia.La presentación del formulario requiere de información del solicitante, como sus antecedentes personales, historia de la inmigración, detalles sobre la expulsión anterior, los lazos familiares en Estados Unidos, cualquier antecedente penal y exponer las razones para buscar el reingreso.
El costo de presentación del formulario I-212 es de 1175 dólares. Además de la solicitud, la agencia encargada puede pedir documentos de respaldo. También se debe asistir a una cita de biométricos.