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Opinión. Los municipios socios “por decreto”

La polémica por la tasa vial rural en el municipio de Colón ya no se limita al monto que pagan los productores. La discusión de fondo pasa por determinar si se trata verdaderamente de una tasa d...

Opinión. Los municipios socios “por decreto”

La polémica por la tasa vial rural en el municipio de Colón ya no se limita al monto que pagan los productores. La discusión de fondo pasa por determinar si se trata verdaderamente de una tasa d...

La polémica por la tasa vial rural en el municipio de Colón ya no se limita al monto que pagan los productores. La discusión de fondo pasa por determinar si se trata verdaderamente de una tasa destinada a financiar un servicio concreto o si, en los hechos, se ha transformado en un impuesto encubierto cuya recaudación crece al ritmo de la producción agropecuaria y no de los costos reales del mantenimiento vial.

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La ordenanza establece que el valor a pagar por hectárea surge de aplicar un coeficiente sobre una base integrada por medio litro de gasoil y medio kilogramo de novillo. En consecuencia, cuando aumenta el precio de la carne también aumenta la carga que soporta el productor rural, aun cuando los caminos permanezcan en idénticas condiciones.

La pregunta resulta inevitable: ¿qué relación existe entre la cotización de un novillo y el costo de mantener un camino rural? Prácticamente ninguna.

Los caminos se reparan con combustible, motoniveladoras, repuestos, alcantarillas, personal y materiales. No con carne. Sin embargo, la fórmula elegida permite que el municipio capture una porción creciente de la renta generada por la actividad privada cuando los precios del sector mejoran.

Por eso muchos productores sienten que el municipio ha dejado de actuar como administrador de un servicio público para convertirse en un verdadero “socio por decreto”. Un socio que no invierte, no asume riesgos climáticos, no financia la producción, no enfrenta pérdidas cuando llegan la sequía o las inundaciones, pero que siempre encuentra la manera de participar cuando la actividad recupera rentabilidad.

La situación resulta aún más controvertida porque, jurídicamente, una tasa sólo encuentra justificación en la existencia de un servicio concreto y mensurable prestado al contribuyente. Cuando el criterio de cálculo comienza a depender de variables ajenas al costo del servicio y vinculadas a la capacidad económica del productor, el esquema empieza a asemejarse cada vez más a un impuesto que a una verdadera tasa.

Financiamiento

Y allí aparece una discusión institucional de enorme importancia. Los impuestos constituyen una herramienta de financiamiento estatal de naturaleza distinta a las tasas y su regulación se encuentra sometida a límites constitucionales mucho más estrictos. Cuando una tasa pasa a comportarse como un impuesto disfrazado, deja abierta la pregunta acerca de si el municipio no está avanzando sobre facultades que exceden la mera prestación de servicios locales.

La preocupación crece aún más cuando los contribuyentes observan que rara vez la discusión pública se concentra en los indicadores que realmente importan: cuánto se recauda, cuánto se destina efectivamente a la red vial, cuántos kilómetros son mantenidos, cuántas máquinas están operativas y cuál es el costo real por kilómetro intervenido.

Mientras esas respuestas permanecen difusas, aumenta la sospecha de que una parte creciente de los recursos termina absorbida por la estructura política general del municipio, financiando gastos que poco tienen que ver con la conservación de caminos rurales.

Y en un contexto donde comienzan a aparecer los cálculos políticos vinculados al próximo calendario electoral, las dudas se multiplican. Los productores observan cómo la presión recaudatoria aumenta año tras año mientras el estado de la infraestructura rural continúa siendo motivo permanente de reclamos. La percepción es que la tasa vial corre el riesgo de transformarse en una caja de recaudación cada vez más desconectada del servicio que la justifica.

Todo ello es posible gracias a decisiones adoptadas formalmente por el Concejo Deliberante, órgano que algunos contribuyentes ya rebautizaron con ironía como el “concejo de delirantes”, al considerar que aprueba mecanismos de recaudación cuya lógica responde más a las necesidades fiscales y políticas de la administración de turno que a una verdadera relación entre costo y servicio.

En definitiva, el productor trabaja, invierte y arriesga. El municipio cobra.

Y cuando la fórmula deja de ser conveniente para sostener el nivel de recaudación, siempre existe la posibilidad de modificarla mediante una nueva ordenanza impulsada por un Ejecutivo que suele contar con influencia decisiva sobre las mayorías legislativas locales.

Esa es la esencia del socio por decreto: no produce, no aporta capital, no comparte los riesgos y, sin embargo, participa del resultado. Y cuando necesita aumentar su participación, simplemente cambia las reglas del juego.

Escribano y productor agropecuario

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/economia/opinion-los-municipios-socios-por-decreto-nid09082026/

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