Milei vs. Ian Moche: ¿Qué tiene que hacer un juez recordándole a un adulto que no se puede agredir a un niño?
Algunos problemas no están pensados para que los resuelva un juez. Imagino que si usted es un adulto y juega algún deporte con un niño, se deja ganar. O, por lo menos, intenta adecuarse a él: n...
Algunos problemas no están pensados para que los resuelva un juez. Imagino que si usted es un adulto y juega algún deporte con un niño, se deja ganar. O, por lo menos, intenta adecuarse a él: no traba la pelota con la misma fuerza, no le pone el cuerpo, no le goza los tantos. Hace lo máximo posible para no lastimarlo u ofenderlo. Si lo hace sin querer, no se pregunta quién tuvo razón: intenta reconfortarlo, le acaricia la cabeza, le pide disculpas. No se refugia en el reglamento ni en el árbitro. Si interviene un tercero, tal vez el problema se solucionará, pero sólo en la superficie: para llegar a eso, algo muy fundamental ya se había roto.
Como se sabe, en un caso así debió intervenir un juez. Ian Moche, un niño de doce años con autismo, había contado que el director de la agencia estatal de discapacidad le había dicho que es injusto que el Estado lo ayudara. Después, llegó un aluvión de agresiones de las cuentas de X asociadas al gobierno. El Presidente de la Nación reprodujo una de esas agresiones y agregó que el periodista Paulino Rodrigues, quien había entrevistado a Ian y su madre, estaba siempre “del lado del mal”. Al lado de Paulino (“Pautino”, dice Milei) estaba Ian, y le quedaba a uno en todo caso hacer la obvia asociación sobre quién era “el mal”. Ian le solicitó al juez federal de La Plata que ordenara a Milei dar de baja la publicación. Anteayer, el juez decidió que no podía hacer nada. En los próximos párrafos intentaré mostrar que esta decisión es contradictoria.
Una primera contradicción aparece al resolver la cuestión ya tan manida sobre si los twits de la cuenta @JMilei son del ciudadano Milei o del presidente Milei. El juez asume, aquí, una postura razonable: depende. Hay veces que la cuenta se utilizará para actos oficiales y otras en las que estará expresando una opinión privada. Esto no significa que el Presidente no sea presidente las veinticuatro horas del día ni que sus actos privados, si son ilegales, queden impunes: uno es presidente con o sin el tilde gris que otorga una empresa californiana; agredir a un niño o estafar con criptomonedas está mal y es ilegal, sea uno presidente o no.
Aquí yace, entonces, la primera contradicción: si Milei no posteó el mensaje como Presidente, sino como ciudadano privado, ¿qué hace un juez federal decidiendo sobre la cuestión? En ningún lado está escrito que la Justicia Federal interviene en todas las causas del Presidente, sino solamente en las que hacen a su función: si el presidente se divorcia o le chocan el auto, lo resolverá en los tribunales ordinarios como el resto de nosotros. Entonces, de nuevo, el mismo posteo no puede ser presidencial para que un juez federal lo examine pero inmediatamente después un tema privado como para que no pueda reprochárselo. Si el juez consideró que se trataba de una cuestión privada, debió remitirla al juez provincial para que éste decidiera si había sido ilegal o no.
Una segunda contradicción: Ian, dice el juez, “eligió” su exposición pública. No conozco a Ian ni las limitaciones que le impone su condición, pero sí sé lo que sabemos todos: un nene de doce años no tiene un juicio suficientemente formado para tomar decisiones con consecuencias importantes. Por eso nuestro derecho no deja que un niño haga casi nada solo: no puede comprar un auto, ni decidir dónde vivir ni a qué colegio ir, ni hacerse un tatuaje. Doce años: ni Patricia Bullrich propone que un niño de esa edad sea imputable penalmente. Por eso, la jurisprudencia que el juez invoca es inatinente: es verdad que las personas que asumen exposición pública tienen que estar preparadas para recibir críticas cáusticas, pero esto supone un consentimiento válido que un niño no puede otorgar. La contradicción aflora a lo largo de toda la sentencia: el juez dice que Ian podría aprovechar su “acceso a medios de comunicación” para responderle a Milei pero no es tan fácil: X, con mejor criterio, no abre cuentas a menores de edad.
Es verdad que parte de esta contradicción se explica por el hecho de que fue el propio Ian quien, en su demanda, se presentó a sí mismo como un activista. Sin embargo, no todo lo que los niños dicen debe ser tomado al pie de la letra, y muchas veces (los adultos sabemos) los niños tienen que ser protegidos incluso de sí mismos. El juez, de hecho, ordenó que fuera la madre de Ian quien firme la demanda y pague las costas del proceso. También el juez, entonces, reconoce que su carácter de niño no desaparece por alguna doctrina citada fuera de contexto.
Finalmente, el juez consideró que el solo hecho de que Milei haya reposteado una agresión a Ian no implicaba que hubiera avalado el mensaje. Esto puede ser cierto en abstracto (uno puede, dice el juez, reproducir un mensaje incluso para criticarlo) pero no en concreto: para ponerlo en la terminología usada en otro caso, el Presidente no solamente difundió el tuit, sino que también lo promocionó. La sola difusión, de todos modos, ya habría amplificado el daño: Presidente o no, Milei tiene casi cuatro millones de seguidores, el anónimo “Hombre Gris”, poco más de cien mil.
Aquí, la contradicción podría tener alguna resonancia con la doctrina del fallo “Campillay” de la Corte Suprema: si se propaga información falsa citando la fuente, el responsable del daño no es el hablante sino la fuente. Esta doctrina, sin embargo, se creó para proteger al periodismo al difundir información en el debate público. Cuando uno está difundiendo una obvia agresión sin contenido informativo, esta protección carece de sentido. Mucho más, cuando se trata de proteger a un niño: es verdad, como dice el juez, que en general no puede ordenarse la supresión de una expresión, como un tuit. Sin embargo, la Corte Suprema admitió este tipo de restricciones justamente en un caso muy especial: el necesario para proteger la integridad de los niños.
Hace unos meses, Federico Sturzenegger citó al jurista norteamericano Grant Gilmore diciendo que cuanto peor es una sociedad, más leyes tiene. Sturzenegger había malinterpretado la cita. Gilmore no decía que las leyes sean malas en sí mismas, sino lo contrario: cuando una sociedad debe recurrir a las leyes para resolver conflictos de lo más cotidianos, de lo más moralmente obvios, es porque esa sociedad ya enfrenta un enorme desafío. Lo que hace que el infierno esté repleto de leyes no es que al diablo le guste hacerlas, sino que los hombres malos necesitan constantemente el control de la autoridad. En definitiva, el fallo del juez federal de La Plata no logra comprender del todo la complejidad del asunto y lo resuelve de modo contradictorio, pero acaso sea inevitable: ¿qué tiene que hacer un juez recordándole a un adulto que no se puede agredir a un niño?
Sebastián Guidi es profesor de derecho constitucional (Universidad Torcuato Di Tella) y de derechos fundamentales (Universidad de San Andrés)