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Migrantes que cumplan esta edad tendrán 30 días para actualizar su registro y tomar sus huellas, según el Uscis

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Migrantes que cumplan esta edad tendrán 30 días para actualizar su registro y tomar sus huellas, según el Uscis

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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) recordó que los extranjeros que alcancen los 14 años mientras permanecen en el país norteamericano deben volver a registrarse y proporcionar sus huellas dactilares dentro de los 30 días posteriores luego de cumplir esa edad. El procedimiento varía según el estatus migratorio y forma parte de las obligaciones establecidas por la legislación migratoria vigente.

Registro de Uscis al cumplir 14 años: plazo, huellas y formularios

De acuerdo con el sitio web oficial del Uscis, esta obligación forma parte de las disposiciones contempladas en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) y en medidas administrativas implementadas durante 2025. El objetivo es mantener actualizada la información de los extranjeros que deben estar registrados ante el gobierno federal.

La norma del Uscis para quienes cumplen 14 años

El requisito alcanza tanto a personas que ya estaban registradas como a quienes todavía no habían completado ese procedimiento. En el caso de los residentes permanentes legales que llegan a los 14 años, el trámite debe efectuarse mediante el formulario I-90.

Para otros extranjeros que aún no cuentan con un registro válido, el Uscis indicó que el procedimiento debe realizarse a través del formulario G-325R. Este puede presentarse únicamente de manera digital mediante una cuenta personal en el sistema en línea de la agencia.

Una vez revisada la información y completada la cita biométrica, si Uscis determina que corresponde, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) pondrá a disposición una constancia de registro en la cuenta del solicitante. Además, los extranjeros mayores de 18 años tienen la obligación de portar esa evidencia en todo momento.

Sanciones por no registrarse ante Uscis: multas, prisión y deportabilidad

El Uscis señaló que no cumplir con la obligación de registro puede derivar en consecuencias legales. Entre las sanciones previstas figuran:

Multas de hasta US$5000.Penas de prisión de hasta seis meses.La aplicación de ambas medidas, según corresponda.

La entidad también indicó que, en determinados casos, el incumplimiento de estas obligaciones podría influir en procedimientos migratorios y convertirse en un elemento que dé lugar a un proceso de deportación.

Otra obligación establecida para los extranjeros sujetos al registro consiste en informar cualquier cambio de domicilio. La actualización de la dirección debe realizarse dentro de los diez días posteriores a la mudanza.

Exenciones del registro migratorio: quiénes no deben presentar el G-325R

La información oficial también identificó varias categorías de personas que no necesitan completar este procedimiento. Entre ellas se encuentran:

Los ciudadanos y nacionales de EE.UU.Quienes permanezcan fuera del país norteamericano.Los extranjeros cuya estancia sea inferior a 30 días.

También están exentos determinados grupos contemplados por leyes específicas. Entre ellos se encuentran los indígenas americanos nacidos en Canadá que ingresaron conforme a la sección 289 de la INA y los integrantes de la Tribu Tradicional Kickapoo de Texas amparados por la legislación federal específica aplicable a esa comunidad.

Asimismo, no deben registrarse quienes mantengan determinadas categorías diplomáticas o vinculadas a organizaciones internacionales. Tampoco deben hacerlo aquellas personas que ya cuenten con un registro válido para su permanencia actual, salvo el caso de quienes cumplen 14 años, ya que deben volver a registrarse y completar la toma de huellas.

Formulario G-325R de Uscis: cómo realizar el registro migratorio en línea

El proceso comienza con la creación de una cuenta individual en línea del Uscis. Cada persona que deba registrarse necesita su propio perfil, incluidos los menores de 14 años, cuya cuenta debe ser administrada por un padre o tutor legal.

Posteriormente, el solicitante debe completar y enviar electrónicamente el formulario G-325R. La agencia revisará la información disponible y determinará si la persona ya figura registrada o si debe continuar con el procedimiento. En este último caso, la notificación para asistir a una cita biométrica llegará exclusivamente a través de la cuenta en línea.

Tras la toma de huellas, cuando sea necesaria, el Uscis incorporará el comprobante de registro a la cuenta digital del usuario para que pueda descargarse e imprimirse. Esa constancia podrá conservarse en formato electrónico o en papel.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/estados-unidos/visas-y-tramites/migrantes-que-cumplan-esta-edad-tendran-30-dias-para-actualizar-su-registro-y-tomar-sus-huellas-nid08082026/

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