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Las mejores prohibiciones del mundo

La decisión de los herederos de la familia Blaquier de vender algunas obras de arte fuera del país ha provocado numerosas críticas. Se habla de una pérdida irreparable para el patrimonio nacion...

Las mejores prohibiciones del mundo

La decisión de los herederos de la familia Blaquier de vender algunas obras de arte fuera del país ha provocado numerosas críticas. Se habla de una pérdida irreparable para el patrimonio nacion...

La decisión de los herederos de la familia Blaquier de vender algunas obras de arte fuera del país ha provocado numerosas críticas. Se habla de una pérdida irreparable para el patrimonio nacional, de una riqueza cultural que abandona la Argentina y de la necesidad de impedir que semejantes tesoros terminen en manos extranjeras.

Se ha dicho que la operación tendrá varios ganadores -los herederos, la casa de subastas y el fisco argentino- y un gran perdedor: el patrimonio cultural argentino, que quedará privado de “un tesoro nacional”. Pero ¿por qué?

La colección comprende obras de Van Gogh, Monet, Cézanne, Renoir y Degas, entre otros artistas. Ninguno de ellos era argentino. Sus pinturas fueron adquiridas por coleccionistas privados que tuvieron el interés, el buen gusto y los recursos necesarios para reunirlas.

No se trata de obras creadas en nuestro país ni de bienes que hayan pertenecido históricamente a instituciones públicas argentinas. Llegaron a manos de particulares locales gracias a la posibilidad de participar en el mercado internacional del arte.

Naturalmente, una obra extranjera puede adquirir especial significación para la historia cultural de un país por su trayectoria, permanencia o vinculación con acontecimientos relevantes, pero su mera pertenencia a un coleccionista argentino no basta para convertirla automáticamente en un bien cuya salida del territorio nacional deba impedirse.

No es lo mismo proteger una obra estrechamente vinculada con la historia artística de un país que pretender retener cualquier pintura extranjera que haya ingresado a su territorio.

Hay otra cuestión, aun más relevante: ¿con qué derecho se reprocha a alguien que disponga de sus bienes como mejor le parezca? Las obras de arte pertenecen a sus propietarios. Estos tienen derecho a conservarlas, donarlas, legarlas o venderlas. Y, si deciden venderlas, tienen derecho a buscar el mercado donde puedan obtener el mejor precio.

No existe ninguna razón para que quien ha adquirido, conservado y cuidado una colección de arte deba soportar personalmente el costo de una política cultural que el Estado no está en condiciones de financiar.

Si el Estado argentino considera indispensable que determinadas obras permanezcan en el país, dispone de una solución perfectamente legítima: comprarlas. Pero hacerlo a su valor de mercado, compitiendo con los demás interesados.

Lo que no puede pretender es que sus propietarios acepten un precio inferior al que obtendrían en el exterior para satisfacer un supuesto interés nacional cuyo costo recaería exclusivamente sobre ellos.

Cuando una prohibición impide al propietario disponer de un bien y reduce sustancialmente su valor económico, aparece un problema constitucional que no puede resolverse invocando simplemente la protección del patrimonio cultural

Cuando el Estado quiere adquirir un bien privado por razones de utilidad pública, la Constitución establece las condiciones para expropiarlo, entre ellas la indemnización previa. Y prohíbe la confiscación.

Es cierto que no toda restricción a la exportación de bienes culturales constituye jurídicamente una expropiación. Pero cuando una prohibición impide al propietario disponer de un bien y reduce sustancialmente su valor económico, aparece un problema constitucional que no puede resolverse invocando simplemente la protección del patrimonio cultural.

No es admisible sustituir las garantías del derecho de propiedad por presiones morales o restricciones que obliguen a un particular a soportar, sin compensación adecuada, una carga que debería corresponder a toda la comunidad.

Hay, naturalmente, una dificultad adicional: la Argentina carece hoy de los recursos necesarios para competir con los grandes museos y coleccionistas internacionales en la adquisición de obras de semejante importancia. Es lamentable. Es la consecuencia de nuestra pobreza. Los países ricos pueden destinar enormes sumas a enriquecer sus museos. Los países pobres, en cambio, deben elegir cuidadosamente cómo utilizan sus recursos escasos.

No corresponde reprocharles a los propietarios privados que el Estado argentino no disponga del dinero necesario para comprar lo que ellos legítimamente desean vender. Y menos aún exigirles que compensen con su patrimonio personal las consecuencias de décadas de desaciertos económicos.

Pero el problema es más profundo. La Argentina ya dispone de un régimen jurídico que lleva hasta sus últimas consecuencias la idea de que ciertos bienes culturales deben permanecer fuera del comercio privado: es el que se aplica al patrimonio paleontológico.

Una ley establece que los bienes paleontológicos comprendidos en su régimen integran el dominio público del Estado nacional, de las provincias o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda. Son bienes inalienables, sustraídos de la libre circulación comercial. Su hallazgo, investigación, conservación y traslado están sometidos a una intensa regulación.

El Estado dispone así de un control extraordinario sobre una riqueza científica de importancia mundial. La Argentina posee algunos de los yacimientos paleontológicos más extraordinarios del planeta. De su territorio han surgido descubrimientos capaces de transformar nuestro conocimiento de la vida prehistórica.

Con semejante riqueza, y con un régimen jurídico que atribuye al Estado el dominio de esos bienes, cabría esperar que contáramos con los museos paleontológicos mejor financiados y equipados del mundo. Pero no es así.

Estamos lejos de disponer de una infraestructura museística proporcional a la importancia de nuestro patrimonio paleontológico

Tenemos investigadores y museos de enorme mérito, que frecuentemente realizan trabajos admirables con recursos insuficientes. Estamos lejos de disponer de una infraestructura museística proporcional a la importancia de nuestro patrimonio paleontológico.

La titularidad estatal de los fósiles no ha producido, por sí sola, los recursos necesarios para estudiarlos, restaurarlos, exhibirlos y conservarlos. Esto es así porque el dominio público no crea riqueza. Tampoco construye museos ni forma investigadores. Y las restricciones al comercio no hacen desaparecer la demanda internacional.

Cuando existe una demanda considerable por determinados objetos y se impide su circulación legal, se crean incentivos para el contrabando y las operaciones clandestinas.

La prohibición no elimina necesariamente el mercado. Puede simplemente desplazarlo hacia la ilegalidad. ¿Queremos extender esa experiencia a las bellas artes y las artes decorativas?

Imaginemos que la Argentina estableciera un régimen que impidiera exportar cualquier obra de arte de importancia. Quizás algunas colecciones que hoy se encuentran en el país permanecerían aquí. Pero habría que preguntarse cuántas obras nuevas ingresarían en el futuro.

¿Por qué habría de traer un coleccionista extranjero una pintura valiosa a la Argentina si supiera que después no podría retirarla? ¿Por qué habría de adquirir un coleccionista argentino una obra importante en Londres, París o Nueva York si su importación implicara quedar sometido a restricciones permanentes para venderla?

¿Por qué un heredero conservaría en nuestro país una colección que perdería parte de su valor internacional por el solo hecho de encontrarse aquí? Podríamos terminar teniendo las mejores prohibiciones del mundo y cada vez menos obras de arte.

El patrimonio cultural de un país no es una cantidad fija de objetos que deban permanecer encerrados dentro de sus fronteras. Es también el resultado de las decisiones de miles de personas que compran, venden, importan, restauran, exhiben, prestan y coleccionan.

Las grandes colecciones privadas no nacieron de una prohibición estatal. Nacieron, en buena medida, de la libertad de sus propietarios para adquirir obras en los mercados internacionales y trasladarlas a sus países.

La colección que ahora se subasta en el extranjero constituye precisamente una demostración de ese fenómeno. Si una familia argentina pudo reunir obras de extraordinaria calidad fue porque existió la posibilidad de adquirirlas y traerlas al país. Resultaría paradójico que ahora se utilizara esa misma colección como argumento para restringir la libertad que hizo posible su formación.

Un país no se vuelve culturalmente rico por impedir que las obras de arte salgan de su territorio. Se vuelve rico cuando crea las condiciones para que sus habitantes quieran traerlas

Por supuesto, es deseable que las grandes obras de arte puedan ser conocidas y disfrutadas por el público. También es legítimo que el Estado adopte políticas destinadas a proteger bienes de especial importancia histórica o cultural, dentro de los límites constitucionales. Pero proteger no significa necesariamente prohibir. Existen alternativas: incentivos fiscales, adquisiciones públicas, préstamos a museos, acuerdos con coleccionistas, donaciones y mecanismos que favorezcan la circulación y exhibición de las obras. Todos ellos requieren instituciones confiables y, en muchos casos, recursos económicos. Lo que no requieren es desconocer el derecho de propiedad.

Es perfectamente comprensible lamentar que una colección extraordinaria abandone la Argentina. Lo que no resulta aceptable es transformar ese sentimiento en un reproche contra quienes legítimamente deciden venderla.

La pobreza de un país puede impedirle comprar grandes obras de arte, pero no le otorga el derecho de obligar a sus ciudadanos a conservarlas por cuenta propia. La cultura necesita conocimiento, sensibilidad, instituciones y recursos. Y, sobre todo, libertad.

Un país no se vuelve culturalmente rico por impedir que las obras de arte salgan de su territorio. Se vuelve rico cuando crea las condiciones para que sus habitantes quieran traerlas.

Fuente: https://www.lanacion.com.ar/editoriales/las-mejores-prohibiciones-del-mundo-nid04112026/

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