La Corte Suprema dejó firme una condena contra el sindicalista Víctor Santa María: le ordenan indemnizar a una trabajadora
La Corte Suprema de Justicia dejó firme una condena a la Obra Social del Personal de Edificios de Renta y Horizontal (Osperyh), al Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizont...
La Corte Suprema de Justicia dejó firme una condena a la Obra Social del Personal de Edificios de Renta y Horizontal (Osperyh), al Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (Suterh), y a sus dirigentes Víctor Santa María y José Francisco Santa María a pagar una indemnización a una trabajadora que se dio por despedida luego de reclamar, sin éxito, que su situación laboral fuera regularizada.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el planteo de Víctor Santa María, el secretario general del gremio de los porteros, por entender que era inadmisible, ya que la presentación incurría en una “falta de fundamentación autónoma”.
La demanda fue iniciada por Giselle Andrea Cano, quien se desempeñaba como profesora de educación física y natación en el polideportivo del gremio ubicado en la calle Venezuela 330 y en las instalaciones de la calle Humahuaca 3850 de la ciudad de Buenos Aires.
En la calle Humahuaca 3850 también se desempeñó para el gimnasio Megatlón, pero se consideró la responsabilidad solidaria del sindicato por el convenio de gerenciamiento y por servir a sus afiliados.
Además, participaba del programa “Calidad de vida” de Osperyh, dedicado a afiliados con patologías como diabetes y obesidad. La mujer aseguró que comenzó realizando suplencias y cobrando sumas “fuera de todo registro”.
Según la causa, la trabajadora se consideró “despedida” el 6 de febrero de 2017, luego de intimar a las demandadas a que regularizaran su situación laboral.
Aseguró que la relación laboral había comenzado el 1 de febrero de 1999, pero que recién fue registrada en noviembre de 2000, de manera parcial y con obligación de facturar.
La demanda afirmó que esta situación buscaba ocultar parte de la jornada y el salario, manteniendo un registro laboral deficiente y simultáneo a su trabajo “en negro” para las mismas entidades.
En abril del 2022, el juzgado laboral de primera instancia hizo lugar a la demanda y determinó la responsabilidad solidaria (conjunta) de todas las partes demandadas, basándose en el fraude a la ley laboral.
La condena recayó sobre Suterh y Osperyh por entender que mantuvieron un vínculo laboral de manera fraudulenta.
Y en forma personal y solidaria también fueron condenados Víctor Santa María (secretario general del Suterh) y José Francisco Santa María (presidente de Osperyh), en su rol de autoridades, por entender que consintieron la maniobra.
Así, la Corte condenó a las cuatro partes a pagar solidariamente $1.181.245, más intereses desde 2022.
Tanto los codemandados como la trabajadora apelaron. La Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la condena, aunque resolvió modificar parcialmente la sentencia y redujo el monto a $668.091, más intereses.
Santa María presentó un recurso extraordinario en el que aseguró que la sentencia era arbitraria, cuestionó que se le atribuyera estar a cargo de la tarea de contratación y pago a los empleados, y resaltó que la relación que unía a la actora con el sindicato y la obra social era un “contrato por prestación de servicios”. Pero el máximo tribunal rechazó el planteo.