¿Es feriado mañana, viernes 10 de octubre, en la Argentina?
Muchos se preguntan si mañana, viernes 10 de octubre, ...
Muchos se preguntan si mañana, viernes 10 de octubre, es feriado en la Argentina. De esa forma, se daría un fin de semana largo, por lo cual varias personas optarán por planear planes o viajes en esas fechas.
La respuesta es que este viernes es feriado nacional en todo el territorio argentino. Esta jornada de descanso obligatorio se estableció a partir de una decisión administrativa del Poder Ejecutivo de trasladar el asueto por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, cuya fecha original de conmemoración es el 12 de octubre, pero este año cae un domingo. La medida fue oficializada a través de la resolución 139/2025, publicada en el Boletín Oficial el pasado lunes 1° de septiembre.
Efemérides Día Del Respeto A La Diversidad Cultural (12 De Octubre) - Canal EncuentroEl traslado del asueto del 12 de octubre fue posible a partir de un nuevo criterio que se implementó este año para los feriados trasladables que caen en un día del fin de semana. El Gobierno publicó un decreto en el Boletín Oficial que determinó que los asuetos catalogados como “trasladables” que originalmente coinciden con un sábado o un domingo puedan ser movidos de fecha.
Esta medida busca subsanar lo que el Poder Ejecutivo consideró un “vacío legal” en la ley 27.399, que regula los feriados nacionales. Dicha ley no especificaba qué hacer cuando estas fechas conmemorativas coincidían con sábados o domingos. La administración actual resolvió que la imposibilidad de modificar esas fechas representaba una contradicción con el “espíritu original de la norma”, que es la generación de períodos de descanso extendidos. El decreto 614/2025 autoriza a la Jefatura de Gabinete a decidir si se trasladan al lunes siguiente o al viernes previo. Cabe aclarar que esta reglamentación no altera el régimen de los feriados inamovibles, que continuarán celebrándose en su fecha original sin posibilidad de traslado.
¿El viernes 10 de octubre es un feriado nacional o un día no laborable?Mañana es un feriado nacional. La normativa que dispuso el cambio de fecha lo categoriza explícitamente como un asueto de alcance general y no como un día no laborable. Esta distinción es fundamental por sus implicaciones en el ámbito laboral y en el régimen de pago para los empleados.
La diferencia principal entre ambas categorías radica en la obligatoriedad del descanso y el régimen de pago:
Feriado nacional: es una jornada de descanso que debe cumplirse en todo el país. La Ley de Contrato de Trabajo (ley 20.744) precisa en su artículo 181 que en estas fechas rigen las mismas normas que para el descanso dominical. Si un empleado presta servicios durante un feriado, debe percibir el doble de su salario diario habitual por esa jornada. La decisión de trabajar o no en un feriado no es optativa para el empleador, salvo excepciones específicas.Día no laborable: es de carácter optativo. La decisión de otorgar la jornada libre recae exclusivamente en el empleador. Si la empresa decide que se trabaje durante un día no laborable, el empleado percibe su remuneración habitual sin ningún tipo de recargo adicional. El régimen de pago doble no se aplica en estos casos.¿Cómo se paga si se trabaja el viernes 10 de octubre?Dado que el viernes 10 de octubre es un feriado nacional, quienes asistan a su puesto de trabajo en esta fecha deben percibir el doble de su salario diario habitual por esa jornada, según lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo.
¿El domingo 12 de octubre es feriado?Con el traslado de la fecha, el domingo 12 de octubre ya no tiene carácter de feriado nacional. La actividad en todo el país será idéntica a la de cualquier otro domingo del año, ya que el descanso obligatorio pasa al viernes anterior.
¿Qué feriados quedan en 2025?Luego del fin de semana largo de octubre, el calendario oficial de 2025 prevé dos ocasiones adicionales de descanso extendido. Los otros feriados restantes del año son los siguientes:
Noviembre
Viernes 21: día no laborable con fines turísticos (puente).Lunes 24: Día de la Soberanía Nacional, feriado trasladable desde su fecha original del jueves 20 de noviembre.Diciembre
Lunes 8: feriado inamovible por el Día de la Inmaculada Concepción de María.Jueves 25: feriado inamovible por la celebración de la Navidad.Este contenido fue producido por un equipo de LA NACION con la asistencia de la IA.