Cuánto debe ganar un latino para patrocinar a un migrante en 2025, según el Uscis
Un latino, con residencia permanente legal o naturalizado estadounidense, puede convertirse en ...
Un latino, con residencia permanente legal o naturalizado estadounidense, puede convertirse en patrocinador de un familiar migrante para que entre a EE.UU. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) determina el ingreso de la persona de apoyo, lo que se refiere a cuánto debe ganar.
Requisitos para ser patrocinador de un familiarLa agencia indica que si una persona presentó una visa de inmigrante para un familiar, deberá ser el patrocinador. Como requisito, debe tener al menos 18 años y ser un ciudadano estadounidense o residente permanente. Asimismo, tener domicilio en un estado, territorio o posesión de EE.UU.
Para ciertos casos, señala: “Si usted vive en el extranjero aún puede calificar como peticionario si puede demostrar que su residencia en el extranjero es temporal y que usted aún posee un domicilio en Estados Unidos”.
Cuánto debe ganar un patrocinador de un migrante en 2025De acuerdo con el Uscis, el patrocinado debe demostrar que el ingreso familiar es igual o mayor al 125% por sobre el nivel de pobreza federal establecido para el tamaño de la familia, que incluye al peticionario, sus dependientes, cualquiera que viva en el domicilio y los inmigrantes beneficiarios.
Mientras que cuando el patrocinador que está en el servicio activo en las Fuerzas Armadas de Estados Unidos y el inmigrante es su cónyuge o hijo, el ingreso solo debe ser igual o mayor del 100% por sobre el nivel de pobreza federal para el tamaño de la familia.
En algunos casos, se permite un “patrocinador conjunto”, que es alguien que desea aceptar con el peticionario la responsabilidad legal de apoyar a un migrante económicamente y debe cumplir con todos los requisitos, al igual que el sponsor principal, con excepción de que no tiene que ser familiar del beneficiario.
Formulario I-864: montos de ingresos por tamaño del hogarLa mayoría de los inmigrantes con visa basada en la familia y algunos con visado basado en empleo utilizan el Formulario I-864 para demostrar que cuentan con suficientes recursos financieros y no es probable que dependan del gobierno para obtener apoyo financiero.
El Uscis publica en su sitio web oficial las Guías de Pobreza del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS, por sus siglas en inglés) para completar el formato Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés).
Las guías que presenta la agencia entraron en vigor en marzo de 2025.
Para los 48 Estados Contiguos, el Distrito de Columbia, Puerto Rico, las Islas Vírgenes de EE.UU., Guam y la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte, estos son los ingresos que debe tener el patrocinador, según los miembros del hogar y el 125% del nivel de pobreza de HHS:
2 miembros - US$26.437.3 miembros - US$33.312.4 miembros - US$40.187.5 miembros - US$47.062.6 miembros - US$53.937.7 miembros - US$60.812.8 miembros - US$67.687.Añadir US$6875 por cada persona adicional.Para Alaska:
2 miembros - US$33.037.3 miembros - US$41.637.4 miembros - US$50.237.5 miembros - US$58.837.6 miembros - US$67.437.7 miembros - US$76.037.8 miembros - US$84.637.Añadir US$8600 por cada persona adicional.Para Hawái:
2 miembros - US$30.400.3 miembros - US$38.312.4 miembros - US$46.225.5 miembros - US$54.137.6 miembros - US$62.050.7 miembros - US$69.962.8 miembros - US$77.875.Añadir US$7913 por cada persona adicional.Acerca del Formulario I-864, el organismo explica que se trata de un contrato que firma una persona para usar sus recursos financieros para respaldar al inmigrante que se designa en la declaración jurada.
El peticionario se convierte en patrocinador una vez que el inmigrante se convierte en residente permanente legal y hasta que el beneficiario se convierte en ciudadano estadounidense, o hasta que pueda ser acreditado con 40 trimestres de trabajo (usualmente diez años).