Confirman la condena de un ginecólogo correntino por abuso sexual y quedó a un paso de la cárcel
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes (STJ) rechazó por unanimidad el recurso extraordinario federal presentado por la defensa de Gerardo Alejandro Dahse, el ginecólogo correntino de 60 ...
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes (STJ) rechazó por unanimidad el recurso extraordinario federal presentado por la defensa de Gerardo Alejandro Dahse, el ginecólogo correntino de 60 años condenado en 2023 a siete años de prisión por abuso sexual gravemente ultrajante de una paciente durante una visita médica en su consultorio, hecho ocurrido durante la pandemia de Covid.
Aunque la querella en nombre de Carolina Marello, la víctima, solicitó la inmediata detención del médico, el Superior Tribunal giró las actuaciones al tribunal de origen para que proceda con el trámite correspondiente. La defensa podrá acudir en queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Lo cierto es que quedó a un paso de ir a la cárcel para cumplir la pena impuesta.
El voto principal, elaborado por el ministro Alejandro Alberto Chain, señaló que el planteo de la defensa carecía de “fundamentación autónoma” y de una “cuestión federal debidamente expuesta”. El magistrado explicó que los argumentos de los abogados defensores se limitaron a reeditar críticas sobre la valoración de las pruebas y cuestiones de derecho común que ya habían sido tratadas y respondidas en la instancia de Casación, según informó el Superior Tribunal de Corrientes.
El STJ subrayó que la simple discrepancia con el resultado de la sentencia o la mención de principios constitucionales no basta para habilitar la instancia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Para los ministros, la sentencia condenatoria no fue arbitraria, sino que constituyó una “derivación razonada del derecho vigente” con base en las pruebas recolectadas.
Dahse fue sentenciado por el Tribunal Oral Penal N° 1 (hoy Tribunal de Juicio) a 7 años de prisión e inhabilitación especial perpetua por el delito de “abuso sexual gravemente ultrajante”, previsto en el artículo 119, segundo párrafo, del Código Penal. También se lo inhabilitó de por vida para ejercer la medicina.
Dicha condena ya había sido confirmada por el STJ en septiembre de 2025 al rechazar el recurso de casación de la defensa.
Los ministros del STJ Eduardo Gilberto Panseri, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz adhirieron a los fundamentos del doctor Chain. Por su parte, el presidente del STJ, Guillermo Horacio Semhan, acompañó la decisión de rechazar el recurso, aunque mantuvo su postura histórica de que, al tratarse de un acto inoficioso, el proceso no debería generar costas.
Finalmente, el Superior Tribunal resolvió declarar formalmente inadmisible el recurso y disponer la devolución de las actuaciones al tribunal de origen para que se proceda con el trámite correspondiente.