Condenaron al comerciante que cruzó un túnel subfluvial con 500 kilos de explosivos
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Alberto Barnada, un comerciante de 77 años, fue encontrado culpable del delito de tenencia simple de material explosivo sin la debida autorización o sin poder justificar su uso doméstico o industrial. Fue condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso. La sentencia fue impuesta por la jueza Noemí Berros, magistrada que integra el Tribunal Oral Federal (TOF) de Paraná, Entre Ríos.
En junio del año pasado, a Barnada le descubrieron 500 kilos de explosivos en una camioneta 4x4 sin ninguna medida de seguridad.
La carga fue descubierta por personal de la Policía de Entre Ríos en el puesto caminero Santa María, en el kilómetro 496 de la ruta nacional 12, en Cerrito, un municipio del departamento Paraná. Barnada circulaba en una camioneta Toyota Hilux y, supuestamente, se dirigía a Misiones. El viaje había comenzado en Córdoba.
Ante la falta de documentación, el personal policial decidió revisar la caja de la 4x4 y descubrió, en cajas de cartón, tapadas con trapos viejos, 500 kilos de un explosivo, identificado como Gelamón VF 65%, producido por Fabricaciones Militares (FM) en las instalaciones de Villa María, en Córdoba.
“El conductor no tenía ninguna constancia de compra del material ni autorización de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (Anmac)”, habían dicho, en su momento, a LA NACION fuentes oficiales.
Barnada llegó al juicio en libertad. En su alegato, el fiscal Candioti y la auxiliar fiscal Valeria Esponda hicieron hincapié “en el peligro que generó el imputado al haberse trasladado por las rutas del país teniendo de manera ilegal ese cargamento de explosivos y sin adoptar mínimas medidas de seguridad al respecto”.
La semana pasada, en los alegatos, el fiscal general de Paraná, José Candioti, había solicitado una pena de cuatro años de cumplimiento efectivo.
Los representantes del Ministerio Público provincial también resaltaron que Barnada “realizó una conducta totalmente desaprensiva con la sociedad al haber pasado por el Túnel Subfluvial Raúl Uranga-Carlos Sylvestre Begnis, que une las ciudades de Paraná y Santa Fe". Está prohibido transitar por el túnel con explosivos.
“Se pudo demostrar el peligro real que engendraba transportar los 500 kilos de gelamon por el túnel subfluvial poniendo en serio riesgo la estructura del Túnel y la vida de las personas”, dijeron a LA NACION fuentes del Ministerio Público Fiscal tras la condena.
Durante su alegato, el representante del Ministerio Público destacó el trabajo realizado por la Policía de Entre Ríos en el operativo y subrayó la peligrosidad del material incautado, que presentaba un alto voltaje explosivo según un informe de FM. El gelamón, precisó, es un explosivo utilizado exclusivamente para voladuras en canteras de la industria minera.
La defensa del acusado, a cargo del abogado Ladislao Uzin Olleros, había pedido la suspensión del juicio a prueba. El Ministerio Público Fiscal se opuso por “la gravedad de la conducta” imputada y el tribunal rechazó la solicitud.
Ante la objeción de Uzin Olleros de que la pena solicitada por el Ministerio Público era muy elevada. Pero para el fiscal Candioti, “la cuantía de la sanción penal debía ser adecuada a la culpabilidad y que los cuatro años de prisión efectiva pedidos respetaban el principio de proporcionalidad entre injusto y sanción; por ende, no se trataba de un pedido de pena desproporcionado”.
La escala penal por el delito que es juzgado Barnada tiene un mínimo de tres años de prisión y un máximo de seis.
“La defensa sostenía que se le podría haber dado una probation y en caso de condena, que sea a tres años de prisión en suspenso. El fiscal Candioti sostuvo que había razones suficientes para que la condena sea superior al mínimo legal, basado en la magnitud del injusto y que debía ser a pena de prisión efectiva", dijeron fuentes judiciales.
En la sentencia, la magistrada hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal de decomisar la camioneta 4x4 del comerciante y de que se investigue el destino final de la carga de explosivos.